miércoles, 30 de diciembre de 2020

SITUACIÓN PANDEMIA COVID-19 EN MALLORCA

Todos y todas ya habréis visto en los diferentes medios de comunicación como está la situación en los diferentes municipios de la Isla de Mallorca, os puedo decir de primera mano que la situación es crítica, de hecho se han cancelado operaciones que no son urgentes, se han vuelto a cerrar por tercera vez los quirófanos de los hospitales públicos, y no ha sido por mero capricho de la consellera o del director del Ibsalut, ni de la propia Presidenta del Govern de las Islas Baleares.

Todo se debe a un acto de irresponsabilidad ciudadana en general, que no hace caso de las recomendaciones y exigencias que se llevan diciendo hace varios meses, sí, varios meses, y que ahora se ha agudizado porque la ciudadanía sigue sin hacer caso de ellas, como, reuniones con no convivientes, es decir entre amigos, celebraciones diversas como cumpleaños en casas con mas de 6 personas y sin distanciamiento ninguno, se sigue fumando a pesar de estar prohibido, es decir, un sin fin de situaciones que puedo estar detallando sin parar y que vosotros mismos también veis.

Por eso apelo a mis compañeros/as jueces y juezas, a un día de finalizar el fin de año, por cierto, no se que hay que celebrar con todo lo que hemos pasado todos estos meses, con mas de 50.000 fallecidos y cerca de dos millones de contagiados, pues eso, apelo a que sean cautos y que por una vez, no celebren la navidades como hasta la fecha se ha estado haciendo, que cada uno se quede en su casa, sin celebraciones con familiares, amigos, etc., la cosa pinta muy mal y en breve, empeorará mas, ya no se sabe si será una tercera ola, cuarta o las que vengan, sed prudentes y no seáis inconscientes de la situación, pues al final quienes lo pagan primero son nuestros seres mas queridos, nuestros padres y madres, que por su edad son los principales objetivos diana de este virus, por otra parte, también lo pagan los sanitarios, que están al frente del campo de batalla, puede parecer bonito ver en fotografías o en vídeos como se tienen que vestir para poder atender en la ucis o en la plantas de hospitalización a los pacientes, pero os aseguro de primera mano, que no es nada agradable trabajar así la jornada laboral por un mero capricho de irresponsables que no toman las medidas que se requieren para evitar contagios, os lo aseguro.

No os extrañéis si en breve nos vemos otra vez confinados como en los meses de marzo y abril de este año.

Saludos y mucha salud a todos y todas 

FELIZ AÑO NUEVO 2021 con mucha prudencia y obediencia a las autoridades sanitarias por favor.






domingo, 27 de diciembre de 2020

Hoy se ha celebrado la 42 edición de la mítica carrera Mini Maratón Sant Bartomeu que según consta es la mas antigua de Baleares, se celebró en el circuito de Cross de Buscatell, organizada por el Club JASA y con el patrocinio del Consell Insular de Ibiza, el número máximo de atletas por carrera fue de 10, respetando todas las medidas de seguridad. En la cursa estuvieron de jueces, José Luis Igurri, Monica Viviana, Andrea Tur y Miguel Tur.



martes, 22 de diciembre de 2020

FELIZ NAVIDAD 2020

Hola  a todos y todas:

Como Presidente del Comité Balear de Jueces de la Federación quiero trasladar mi felicitación personal de que paséis una Feliz Navidad con vuestros seres mas queridos, nunca mejor dicho tras varios meses de pandemia, tenemos que aprender a valorar realmente con quienes estamos conviviendo, padres, madres, abuelos, abuelas, hijos, hijas, nietos y nietas, entre otros. 

Apelo a la responsabilidad individual de cada uno y una, debido a la gravedad de la situación actual que está ocurriendo en nuestra comunidad, sobre todo quiero que seáis responsables sobre esta situación con vuestros seres mas allegados. 

Ya vendrán tiempos mejores en que podamos volver a poder saludarnos de forma normal, mientras tanto lo dicho, ser precavidos en beneficio de todos y todas. Os quiero volver a ver pronto.






domingo, 20 de diciembre de 2020

CURSA DE SA SALSA- SANT JOSEP DE SA TALAIA

Hoy en la localidad de Sant Josep de Sa Talaia, se ha celebrado la cursa de Sa Salsa. Carrera popular organizada por el club Esportiu Es Vedrá y con el patrocinio del Ajutament de esta localidad. Las distancias fueron de 900 metros para los sub 12, 1.350 para los sub 14, 1.8000 metros para los sub 16 y 6 km para juveniles, junior, sub 23, senior y master.
En la carrera estuvieron de jueces, Miguel Tur, Vicente Torres, Jose Colomar, Josefa Alarcon, Carmen Garcia y Andrea Tur.





domingo, 13 de diciembre de 2020

CAMPEONATO ESPAÑA TRAIL RUNNING POR FEDERACIONES AUTONÓMICAS- IBIZA

Esta mañana se ha celebrado el Campeonato de España de Trail Running por Federaciones Autonómicas, en el mismo han participado atletas de nuestra comunidad.

La Comunidad Valencia en hombres y Cataluña en mujeres se han alzado con este Campeonato por federaciones autonómicas celebrado en Ibiza por unos parajes maravillosos de esta isla.

Solo cabe felicitar a nuestros compañeros de Ibiza, a la cabeza con Miguel Tur, por la excelente labor realizada en el día de hoy,  esto demuestra que nuestra comunidad puede albergar eventos de esta altura, y podemos sentirnos orgullosos del trabajo que han realizado , con una preparación previa y la voluntad de trabajo realizada de nuestros compañeros.

                                              JURADO DE LA COMPETICIÓN


                                                SALIDA POR CAJONES


Aquí os dejo el enlace por si queréis ver la carrera.

https://www.youtube.com/watch?v=qezNbyY4-ok





lunes, 7 de diciembre de 2020

REELECCIÓN PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN BALEAR DE ATLETISMO

Recientemente ha sido reelegido, como presidente del la Federación Balear de Atletismo, Biel Gili Nadal, nacido en la localidad de Artá (1974), ha sido y es un gran impulsor del atletismo en las Islas Baleares a todos los niveles, tanto a nivel deportivo para los atletas, entrenadores, comité de jueces, y como no, en el apartado administrativo de la misma federación, desde el cual esta temporada hemos visto grandes avances y novedades para adaptarnos a las nuevas tecnologías que requieren estos momentos.

Hay que agradecer los esfuerzos que está haciendo a nivel institucional para que la Federación Balear esté en lo mas alto posible, en cuanto a su estructura y medios logísticos, para poder ejecutar todas las pruebas deportivas que son competentes a esta Federación.

Solo desearle las mejores de las suertes y animarle para que siga trabajando en su nuevo proyecto para que esta Federación sea reconocida como una Federación ejemplar. 

Biel Gili


viernes, 4 de diciembre de 2020

Entrevista a Biel Gili, actual presidente del la FAIB

Os invito a que veáis el vídeo que se ha realizado por la federación balear de atletismo de las illes balears, en el canal youtube en el cual el actual presidente de la federación Biel Gili, responde a varias preguntas. Espero que sea de vuestro agrado, podéis suscribiros como yo he hecho y como no darle un like  si os parece de vuestro agrado.

Gracias

Aquí tenéis el enlace:

https://www.youtube.com/watch?v=hV2dZr7Xi88&feature=youtu.be




lunes, 30 de noviembre de 2020

3 días Trail de Ibiza – CT Illes Balears Llarga Distància – Ultra - 2020

Este fin de semana se ha celebrado en la isla de Ibiza la prueba 3 DIAS DE TRAIL IBIZA-ULTRA IBIZA, carrera de Trail Running, aunque se trata de la 7ª edición es la primera en que la responsabilidad del control técnico recae sobre los jueces de atletismo. Esta prueba consta de tres etapas, una nocturna, con chubascos y aparato eléctrico incluidos, celebrada el viernes 27; una segunda, también con la visita de chubascos, que incluye tres distancias, la ULTRA de 84 km, con salida a las 07:00 desde Sant Josep,(las normas COVID-19 nos han regalado una hora de sueño, la salida suele darse a las 06:00), una segunda salida para la MARATÓN desde Es Cubells a las 11:00 y la tercera de nuevo en Sant Josep a las 12:00 en que salieron los de la MEDIA MARATON.

Durante el recorrido los corredores se encontraron con siete puntos de avituallamiento a la vez control de paso y cierre de carrera, en donde se tenían que observar una serie de protocolos COVID, mascarilla, desinfectante etc, además de otros controles aleatorios cubiertos también por jueces de atletismo. Los tres días finalizan con una tercera etapa el domingo, celebrada en el municipio de Santa Eularia de 10 km. Si el sábado se dejaba el centro de operaciones a las 22:00, no hace falta decir las horas de actividad de todo el personal que interviene en este evento.

Indicar que, si de por si este tipo de carreras cambia por completo el concepto del juzgamiento y forma de trabajar de nuestros jueces, las normas COVID vienen a añadir un plus de responsabilidad.

En Ibiza los jueces de atletismo ya tienen un poco de experiencia en las pruebas de Trail, pero nunca habían participado en una Ultra y menos con este volumen de trabajo lo que da satisfacción al trabajo realizado y se sienten preparados para afrontar el Cto. De España por Federaciones de Trail Ranning a celebrar el próximo día 13 de diciembre, sólo hay que esperar que las ganas, la voluntad e ilusión por hacer las cosas bien no les abandonen.

Solo cabe felicitar a todo el equipo de juezas y jueces, por la esplendida labor ejercida durante estos días.





miércoles, 18 de noviembre de 2020

SEMINARIO ON LINE CNJ - RFEA

 

El CNJ inicia nuevamente los seminarios online vía canal YouTube en directo  y para empezar el próximo jueves  día 19 a las 19:00 H  el Presidente del CNJ, D. Antonio Pérez dará un ponencia cuyo titulo ya es atractivo para todas y todos los jueces en general y para los que tenemos una responsabilidad en la dirección de un equipo humano en la competición en nuestra función de directores de Reunión.

"la actuación del Juez Arbitro en los aspectos técnicos y con el equipo humano·"

os adjunto el enlace para que podáis transmitirlo en vuestros comités

https://youtu.be/Wqr40YZMTvY



jueves, 22 de octubre de 2020

ORGANOS DE REPRESENTACIÓN EN LA RFEA- RESULTADOS DE LAS ELECCIONES

 Hola a todos/as

Ayer tarde se celebró en todo el territorio nacional la elecciones para tener representación por estamentos en la Asamblea de la Real Federación Española de Atletismo. En la parte que nos corresponde se montaron dos mesas electorales, una en Ibiza y otra en Mallorca. 

En estas Elecciones solo tenían derecho a voto aquellos jueces con licencia nacional que hayan tenido al menos una designación en una prueba del calendario nacional de la RFEA, entre diciembre del 2018 a 2019.

Estos fueron los resultados:





Mesa Electoral de Palma de Mallorca



lunes, 14 de septiembre de 2020

III Ruta Norte 2020 – CT IB Trail Media Distancia- IBIZA

Ayer 13 de septiembre se realizó la 3ª Ruta Norte de Trail, coincidiendo con el Campeonato de IB de Trail de Media Distancia.

La carrera discurre por una parajes espectaculares de la isla de Ibiza, en dicha prueba participaron como jueces, Vicente Torres, Miguel Tur, Jose L. Igurri, Benjamín Vela, Isidro Gil, Carmen García, Mónica Viviana y Andrea Tur.

La salida se realizó por cajones y distanciamiento social. Vamos a ver si tomando todas las medidas sanitarias que exige la situación en cada momento, se van reanudando la carreras fuera del estadio.

Enhorabuena compañeras y compañeros por vuestra buena labor.












lunes, 7 de septiembre de 2020

BOIB 7 de septiembre 2020

El Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Sanidad y Consumo, en la sesión del día 7 de septiembre de 2020, adopta, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. 
Disponer que, cuando la situación epidemiológica de una isla, un término municipal o agrupación de estos, un núcleo de población o una zona urbana perimetralmente determinada, presente de conformidad con los estudios epidemiológicos realizados una situación de transmisión comunitaria del SARS-CoV-2, se adopten, con carácter temporal y eficacia geográfica limitada en aquel espacio geográfico, medidas de control y limitación de oportunos derechos, especiales y reforzadas, para contener esta transmisión.

Segundo.
Disponer que, con carácter enunciativo y no limitativo, las medidas concretas a las que hace referencia el punto precedente pueden abarcar:

-Restricciones totales o parciales de la libre entrada y salida de personas en la concreta zona salvo motivos justificados.
-Limitaciones de la circulación y la permanencia por las vías y espacios de uso público.
-Limitaciones o prohibiciones específicas de contactos y reuniones sociales fuera del grupo de convivencia habitual.
-Suspensión o limitación de la capacidad, horarios y tipos de actividad de establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, así como de establecimientos de restauración.
-Suspensión o limitación de la capacidad y de los horarios de actividad de lugares de culto.
-Suspensión de fiestas, atracciones de feria y fiestas populares.
-Suspensión de actividades culturales y deportivas.
-Suspensión o limitación de actividades en academias, autoescuelas, centros de enseñanzas no regladas y centros de formación.
-Suspensión o limitación de actividades en centros, de prestaciones técnicas en materia de servicios sociales, así como en el régimen de visitas y salidas a los servicios sociales de tipo residencial.
-Suspensión o limitación de otros eventos y actividades de carácter multitudinario que puedan ocasionar aglomeraciones de personas.
-Otras medidas similares a las anteriormente relacionadas que se consideren imprescindibles en atención a la situación epidemiológica de las zonas afectadas.

Tercero. 
Habilitar a la consejera de Salud y Consumo para que, mediante resolución motivada, pueda adoptar las medidas relacionadas en los dos puntos precedentes o las que aconseje la concreta situación epidemiológica de una determinada zona geográfica, previos los estudios oportunos, y sin perjuicio de solicitar las autorizaciones o ratificaciones judiciales que correspondan.

domingo, 30 de agosto de 2020

RESUMEN PUBLICACIÓN BOIB CONSELLERIA DE SALUT


MASCARILLA

Es obligatorio cumplir en todo momento la medida de mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal como mínimo de un metro y medio entre personas no convivientes. El mantenimiento de la distancia de seguridad no exceptuará de la obligación de adopción de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla adecuada y etiqueta respiratoria.

Las personas de más de seis años llevarán mascarilla en todo momento, tanto por la vía pública o en espacios al aire libre como también en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios, tanto de titularidad pública como privada, cuando se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas no convivientes, con las excepciones señaladas en los siguientes párrafos, así como en los supuestos previstos en el artículo 6.2 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Además, es obligatorio el uso adecuado de la mascarilla, es decir, debe cubrir desde la parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida.

Las personas de más de seis años llevarán mascarilla en todo momento, tanto por la vía pública o en espacios al aire libre como también en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios, tanto de titularidad pública como privada, cuando se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas no convivientes, con las excepciones señaladas en los siguientes párrafos, así como en los supuestos previstos en el artículo 6.2 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Además, es obligatorio el uso adecuado de la mascarilla, es decir, debe cubrir desde la parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida.

- El uso de mascarilla no será obligatorio durante la práctica de actividad física, actividades acuáticas o uso de instrumentos musicales de viento. También se exceptuará de dicha obligación el momento de consumo de alimentos y bebidas, pero no durante los tiempos de espera de los mismos ni en la posterior sobremesa. Se exceptuará también de la obligatoriedad del uso de mascarilla a los menores de dieciséis años mientras participen en las actividades habituales con su grupo de convivencia estable en las actividades de ocio infantil y juvenil. Asimismo, tampoco será obligatorio su uso en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de los núcleos de población, en las playas y piscinas, siempre y cuando la afluencia de personas en dichos espacios permita el mantenimiento de la distancia interpersonal.

El uso de mascarilla es obligatorio en los centros de trabajo, sean de titularidad pública o privada, salvo en aquellos espacios abiertos al aire libre, en los que se garantizará la distancia interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores, o en los espacios cerrados en los que, además de garantizar la distancia interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores, se hayan establecido también sistemas de separación física que garanticen la seguridad de los mismos. En cualquier caso, será obligatorio su uso cuando se circule por los espacios comunes.

Consumo de tabaco y asimilados
No se permite el consumo de tabaco en la vía pública o en espacios al aire libre de uso público. Dicha limitación será también aplicable al uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

ACTIVIDADES FAMILIARES
-Las actividades o eventos de carácter familiar o social que se realicen en la vía pública, espacios de uso público o espacios privados no incluidos en otros apartados del presente Plan se limitarán a grupos de un máximo de diez personas, salvo en el caso de personas convivientes, en los que no se aplicará esta limitación. Durante estos tipos de actividades se respetará la distancia mínima de seguridad interpersonal entre los no convivientes y la obligatoriedad del uso de mascarilla, en su caso.
- Se recomienda limitar el número de encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y procurando el espaciamiento temporal entre encuentros con grupos con composición no coincidente.

PARQUES INFANTILES

-Solo podrá permanecerse en los parques infantiles o espacios de uso público al aire libre similares entre las 7.00 y las 21.00 horas, respetando las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal y el uso obligatorio de mascarilla de las personas de más de seis años.

PLAYAS
-No se podrá permanecer en las playas entre las 21.00 y las 7.00 horas.

VELATORIOS
-Los velatorios podrán realizarse en todo tipos de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de treinta personas en espacios al aire libre o de quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

-La participación en la comitiva para el entierro o despedida para la cremación del cuerpo del difunto se restringe a un máximo de treinta personas, entre familiares y afines, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la respectiva confesión para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

CEREMONIAS, BODAS
-Las ceremonias y celebraciones nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, tanto en espacios al aire libre como en espacios cerrados, siempre y cuando no se supere su cincuenta por ciento de capacidad, y, en todo caso, con un máximo de ciento veinticinco personas en espacios al aire libre o de setenta y cinco personas en espacios cerrados.

ACTIVIDADES MULTITUDINARIAS
-Los eventos y actividades multitudinarias no regulados de forma específica en otros apartados de este Plan se regirán por lo dispuesto en el presente apartado.
- En general, se considerará evento multitudinario aquel en el que se espera una asistencia superior a trescientas personas en espacios al aire libre o de ciento cincuenta personas en espacios cerrados.
- En los eventos multitudinarios, la autoridad sanitaria evaluará su riesgo de conformidad con lo previsto en el documento “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por covid-19 en España”, acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de dicha evaluación, cada evento de estas características deberá contar con la autorización de la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud y Consumo.

Servicios de atención temprana
-Los servicios de atención temprana se prestarán de forma combinada entre atenciones presenciales y telemáticas en función de las necesidades de cada niño y de forma acordada entre el Servicio de -Desarrollo Infantil y Atención Temprana (SEDIAP) y la Unidad de Diagnóstico Infantil y Atención Temprana (UDIAP), siempre manteniendo las medidas de seguridad establecidas por las autoridades sanitarias.
-Se realizará una prueba tipo PCR de detección del SARS-CoV-2 de forma obligatoria en los siguientes casos:
a) Usuarios de nuevo ingreso en los centros residenciales.
b) Trabajadores que se incorporen de un periodo de permiso o vacaciones.
c) Trabajadores de nueva incorporación en el centro residencial.

INSTALACIONES DEPORTIVAS
Las actividades que se desarrollen en las instalaciones deportivas (al aire libre, instalaciones cubiertas y centros deportivos), tanto de carácter individual como colectivas, no podrán superar el cincuenta por ciento de la capacidad máxima de práctica deportiva, así como tampoco el cincuenta por ciento de la capacidad total de la instalación. Las academias de baile se considerarán, a los efectos de este Plan, incluidas en esta categoría.
- Se permite el uso de los vestuarios y duchas, garantizando que no se supere el cincuenta por ciento de la capacidad máxima.

-Las competiciones deportivas podrán celebrarse con público con un límite del setenta y cinco por ciento de la capacidad de espectadores por cada instalación y como máximo con mil personas sentadas en instalaciones al aire libre y trescientas personas sentadas en instalaciones cubiertas. En todo caso, se garantizará una distancia de un metro y medio entre el público asistente, excepto las personas convivientes, y los espectadores llevarán mascarilla protectora. No se permite comer ni beber en las instalaciones cubiertas.

CINES....
-Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad, con los asientos preasignados, siempre y cuando no superen el setenta y cinco por ciento de la capacidad permitida a cada sala.
- En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a eventos públicos y actividades recreativas diferentes de los previstos en el párrafo anterior, podrán desarrollar su actividad siempre y cuando el público permanezca sentado y no se supere el setenta y cinco por ciento de la capacidad permitida, con un límite máximo de trescientas personas para espacios cerrados y de mil personas si se trata de actividades al aire libre.
- En todo caso, se garantizará una distancia de un metro y medio entre el público asistente, salvo las personas convivientes, y los espectadores llevarán mascarilla protectora. No se permite comer ni beber en los establecimientos o espacios cerrados. 
- Además del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención establecidas, en el supuesto de que en las instalaciones se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación de dicho servicio se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración.

RESTAURACIÓN

-Los locales y establecimientos se acogerán a las medidas dispuestas aquí correspondientes a su efectiva actividad.
- Los establecimientos que ejerzan la actividad de restaurante o de bar cafetería limitarán el aforo al cincuenta por ciento en espacios interiores, si el aforo máximo es igual o superior a cincuenta personas, y al setenta y cinco por ciento cuando el aforo máximo es inferior a cincuenta personas. La disposición física de las mesas o agrupaciones de mesas garantizará el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio. Los trabajadores de los establecimientos llevarán mascarilla en todo momento y los clientes solo podrán prescindir de la misma durante el tiempo indispensable para la consumición de comida o bebidas.
- Todos los establecimientos de restauración (restaurantes y bares cafetería) tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso la 01.00 h. No se permitirá tampoco la admisión de nuevos clientes a partir de las 00.00 h.

-No se permite el consumo en la barra, salvo en los establecimientos que lleven a cabo la actividad de bar cafetería, y siempre y cuando se garantice una separación mínima de un metro y medio entre clientes o, en su caso, grupos de clientes. Este uso de las barras solo estará permitido hasta las 22.00 h.
- Las terrazas de establecimientos que ejerzan la actividad de restaurante o de bar cafetería podrán abrir al público con el límite del cincuenta por ciento de su aforo si el aforo máximo del local interior es igual o superior a cincuenta personas, y al setenta y cinco por ciento cuando el aforo máximo del local interior es inferior a cincuenta personas, y en ambos casos siempre y cuando pueda asegurarse que la disposición de las mesas permite el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio. En el supuesto de que el establecimiento de hostelería y restauración obtenga el permiso del ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza al aire libre podrá incrementarse el número de mesas realizando un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se sitúe la terraza. A efectos de esta regulación, se considerará terraza al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos. 
- La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas.
Solo se permitirá el autoservicio por parte de los clientes en los términos establecidos en el punto 1.4 de este apartado XII.
- No se permite fumar ni en los espacios cerrados ni en las terrazas de los establecimientos y tampoco se permite el uso de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas, cachimbas o asimilados en todos los locales de entretenimiento y restauración y en cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.
- Se prohíbe el uso de vaporizadores de agua en las terrazas.
- Se suspende la actividad de los establecimientos que ejerzan las actividades propias de sala de fiesta, sala de baile, discoteca, café concierto y bar de copas. Se suspende, asimismo, la realización de actividades asimilables a las descritas en cualquier otro tipo de establecimiento, incluidas las fiestas en piscinas o en instalaciones exteriores de establecimientos hoteleros, así como en
embarcaciones marítimas (party boats o asimilables). No se considerarán incluidas dentro de esta suspensión las actividades de carácter cultural que se regulan en el apartado X de este Plan.
- Se excepcionará de la suspensión establecida en el anterior párrafo la realización de actividades culturales de música en vivo en dichos establecimientos si los mismos renuncian a ofrecer servicios propios de ocio nocturno y desarrollan la actividad en las condiciones establecidas en el apartado X del presente Plan.
Se prohíbe dispensar o servir bebidas con contenido alcohólico de cualquier tipo o sin alcohol mediante vasos, jarras, copas o cualquier otro tipo de recipiente apto para permitir una ingesta directa desde el recipiente por parte de uno o varios consumidores simultáneamente cuando estos recipientes tengan una cabida superior a los 600 centímetros cúbicos. Únicamente se permitirá el servicio en mesa de botellas de bebidas con una cabida superior a la citada, con el objeto de que las dispense el personal del establecimiento o los propios comensales en sus copas o vasos individuales.
- Se prohíbe, asimismo, el uso y dispensación de pajitas para absorber líquidos con las bebidas que se sirvan si dichos utensilios tienen una longitud total máxima superior a los 30 centímetros.

CONGRESOS...
-Se permite la celebración de congresos, seminarios, jornadas, asambleas, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, sin superar en ningún caso la cifra de ciento cincuenta asistentes y el setenta y cinco por ciento de la capacidad de la instalación donde se celebren. En todo caso, también se respetará la distancia mínima interpersonal.
─ Lo previsto en el párrafo anterior será igualmente aplicable a la realización, por parte de personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, de actividades y talleres informativos y de divulgación en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación, dirigidos a todo tipo de público, y que tengan por objeto el aprendizaje y la divulgación de contenidos relacionados
con la I+D+I.

TRANSPORTE PUBLICO
Se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los servicios de transporte públicos de viajeros en todos los ámbitos. Nose permite comer ni beber durante el trayecto en transporte público.

ESTABLECIMIENTOS DE JUEGO
-Los establecimientos de juego y apuestas limitarán la presencia de clientes al cincuenta por ciento de su capacidad.
- Los establecimientos de juego y apuestas tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso la 01.00 h. No se permitirá tampoco la admisión de nuevos clientes a partir de las 00.00 h.

MERCADOS AMBULANTES

-En el caso de los mercados que desarrollen su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercados ambulantes, se garantizará la limitación al cincuenta por ciento de los puestos habituales o autorizados y se debe dar prioridad a las paradas de alimentación. En los casos en que el Ayuntamiento incremente el espacio de venta, se podrá incrementar el número de paradas en el mismo porcentaje en que se incremente aquel espacio, para dar cabida a parte o a la totalidad de autorizaciones, siempre y cuando se asegure la efectiva distancia de seguridad entre las paradas.

CLUB DE LA TERCERA EDAD

-Se suspenden las actividades de los clubs de gente mayor, que deberán permanecer cerrados.

CLUBS  DE ALTERNE Y DERIVADOS

Se suspenden todas aquellas actividades que faciliten o posibiliten el ejercicio de prostitución, como por ejemplo prostíbulos, clubes de citas, sitios con espacios reservados a contactos, etc., por lo que permanecerán cerrados al público estos tipos de establecimientos, con independencia de la licencia de actividad bajo la que operen.

lunes, 24 de agosto de 2020

NOMBRAMIENTOS DE AGOSTO

El Comité Nacional de Jueces (CNJ), ha designado como Juez Árbitro a Pau Verd, para la celebración del Meeting de Atletismo de Ibiza, Trofeo Toni Bonet, que se celebrará el próximo sábado 29 de Agosto.

Enhorabuena y suerte..


                           



jueves, 13 de agosto de 2020

CAMBIOS EN LA REGLA TÉCNICA 5 DEL REGLAMENTO INTERNACIONAL DE ATLETISMO


CAMBIOS EN LA REGLA TÉCNICA 5 DEL REGLAMENTO INTERNACIONAL DE ATLETISMO

Con motivo de la reciente modificación de la Regla Técnica 5 del Reglamento Internacional de Atletismo, adjuntamos en esta circular la versión de la misma traducida al castellano y las posteriores aclaraciones realizadas por World Athletics.

 Regla 5 del Reglamento Técnico (en vigor desde el 28 de julio de 2020 – cambios en negrita) 

5. (Regla 143) Vestimenta, Zapatillas y Dorsales 

Zapatillas

(a) Los atletas pueden competir con los pies descalzos o con calzado en uno o los dos pies. El propósito de las zapatillas para competición es proporcionar protección y estabilidad a los pies y una firme adherencia sobre el suelo. No deben proporcionar a los atletas cualquier ayuda o ventaja injusta. Cualquier tipo de zapatilla debe estar razonablemente al alcance de todos en el espíritu de la universalidad del atletismo. Para cumplir ese requisito para cualquier zapatilla que sea presentada por primera vez después del 31 de enero de 2020, la nota de transición (Nota ii.) más abajo también será aplicable, cualquier zapatilla que sea presentada por primera vez el o después del 9 de agosto de 2021 no puede ser usada en competición a menos y hasta que esté disponible a través del Plan de Disponibilidad de Zapatillas de Atletismo tal como se referencia en la Nota ii. (a) más abajo. Cualquier zapatilla que no cumpla este requisito se considera un prototipo y no puede ser usado en competición.

 5.2.1 Una zapatilla que cumpla los criterios establecidos en esta Regla 5 puede ser personalizada para adecuarse a las características del pie de un atleta en particular. Sin embargo, zapatillas únicas, hechas a medida (es decir, que son las únicas de su tipo) para adecuarse a las características del pie de un atleta u otros requisitos no están permitidas. 

5.2.2 Cuando World Athletics tenga motivos para creer que un tipo de zapatilla o tecnología concreta pueda no cumplir con la letra o el espíritu del Reglamento, 

puede someter la zapatilla o tecnología a un estudio detallado y puede prohibir el uso de tales zapatillas o tecnología en competición a la espera del estudio. Nota (i): Nota: Al menos cuatro meses antes de una Competición Internacional en la que el atleta se proponga llevar una zapatilla que no ha sido usada previamente en Competiciones Internacionales, el atleta (o su representante) debe presentar a World Athletics las características (talla, dimensiones, espesor de la suela, estructura, etc.) de esa nueva zapatilla; confirmar si la nueva zapatilla va a ser personalizada de alguna forma; y proporcionar información sobre la disponibilidad de la nueva zapatilla en el mercado libre al por menor (ya sea en tienda u online). Después de revisar esta información World Athletics puede solicitar que el fabricante proporcione muestras de la zapatilla para un examen más a fondo. Si se solicita la zapatilla para una investigación más a fondo, World Athletics hará un esfuerzo razonable para completar su examen tan pronto como sea posible (si es posible, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la zapatilla por World Athletics).

Nota (ii): Periodo de Transición del 31 de enero de 2020 al 8 de agosto de 2021. Esta nota se ha insertado en reconocimiento del hecho de que el 15 de julio de 2020 se ha establecido por el Consejo un Grupo de Trabajo en Zapatillas de Atletismo que para final del año 2020, en colaboración con los fabricantes, revisará por completo esta Regla 5 tal como se aplica a las zapatillas para final del año 2020. Las siguientes notas (a) a (e) serán de ayuda para guiar a todas las partes interesadas en la aplicación práctica de esta Regla 5 tal como se aplica a todas las zapatillas (zapatilla de carretera o de clavos) hasta e incluido, el 8 de agosto de 2021. 

(a) Cualquier nueva zapatilla (zapatilla de carretera o de clavos) presentada después del 31 de enero de 2020 que a 15 de julio de 2020 ya haya sido confirmada por World Athletics como conforme a los requisitos de la Regla 5.13 puede ser usada en Competiciones Internacionales inmediatamente (‘la Zapatilla Aprobada’). A partir del 15 de julio de 2020, la Zapatilla Aprobada debe también estar disponible con anterioridad a una Competición Internacional para su distribución a cualquier atleta de élite sin contrato (es decir, no contratado por un fabricante) - ‘el Plan de Disponibilidad de Zapatillas de Atletismo’. El Grupo de Trabajo en Zapatillas de Atletismo desarrollará y finalizará el proceso (incluidos plazos), criterios (es decir, si al atleta se le da una plaza para asistir a un Evento de las Series World Athletics o a los Juegos Olímpicos (conocido como un ‘atleta no calificado’ y ‘plaza de universalidad’ respectivamente)), números de pares de zapatillas requeridos (incluido modelo de la marca, tallas, etc.), método de distribución y recursos (incluidos costes) requeridos para la gestión del Plan de Disponibilidad de Zapatillas de Atletismo.

(b) A partir del 15 de julio de 2020 cuando un atleta de élite se proponga llevar una nueva zapatilla (zapatilla de carretera o de clavos) en una Competición internacional, el atleta (o su representante) debe presentar a World Athletics las características (talla, dimensiones, grosor de la suela, estructura, etc.) de esa nueva zapatilla; confirmar si la zapatilla va a ser personalizada de alguna forma. Después de revisar esta información, World Athletics puede solicitar que el fabricante proporcione muestras de la zapatilla para un examen más a fondo. Si se solicita la zapatilla para una investigación más a fondo, World Athletics hará un esfuerzo razonable para completar su examen tan pronto como sea posible (si es posible, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la zapatilla por World Athletics). La zapatilla debe ser confirmada por World Athletics como conforme a los requisitos de la Regla 5.13 antes de su uso en la Competición Internacional. 

(c) A partir del 15 de julio de 2020 cuando un atleta de élite se proponga llevar una nueva zapatilla (zapatilla de carretera o de clavos) en una Competición Internacional y haya sido aprobada conforme al apartado (b) anterior, el atleta (o su representante) debe presentar a World Athletics información que confirme que el fabricante pondrá la nueva zapatilla a disposición del Plan de Disponibilidad de Zapatillas de Atletismo junto con información acreditativa relativa al número de pares de zapatillas (incluido modelo de la marca, tallas, etc.).

(d) Sujeto al cumplimiento de los apartados (b) y (c) anteriores, cualquier nueva zapatilla (zapatilla de carretera o de clavos) presentada el o después del 15 de julio de 2020 puede ser usada en una Competición Internacional después de haber sido puesta a disposición por el Plan de Disponibilidad de Zapatillas de Atletismo antes de la Competición Internacional donde el atleta de élite pretende llevar la nueva zapatilla. 

(e) Cualquier zapatilla que no cumpla los requisitos anteriores se considera un prototipo y no puede ser usado en competición. Para evitar cualquier duda, los apartados iniciales de la Regla 5.2 y la Regla 5.2.1, 5.3, 5.4, 5.6 y 5.13 son de aplicación durante el periodo de transición descrito en esta nota.

Número de clavos 5.3 

La suela de la zapatilla (incluida la parte bajo el talón del atleta) puede estar fabricada de modo que permita el uso de hasta un máximo de 11 clavos. 

Se podrá utilizar cualquier número de clavos hasta 11 pero el número de posiciones de clavos no podrá exceder de 11. 

Tamaño de los clavos 

5.4 La parte de cada clavo que sobresalga de la suela o del talón no excederá de 9 mm, excepto en Salto de Altura y Lanzamiento de Jabalina donde no excederá de 12 mm. El clavo deberá ser construido de manera que se pueda insertar, al menos en su mitad más próxima a la punta, en un calibre de sección cuadrada de 4 mm. Si el fabricante de la pista o el responsable del estadio decretan un máximo inferior, o desautorizan el uso de cierto tipo de clavos, esto se aplicará. Nota (i): La superficie debe ser apropiada para admitir los clavos autorizados en esta Regla. 

Nota (ii): Para competiciones de campo a través, las regulaciones específicas de los Delegados Técnicos pueden permitir un incremento en la longitud del tamaño de los clavos de las zapatillas dependiendo de la superficie. 

La suela 

5.5 La suela de la zapatilla (incluida la parte bajo el talón del atleta) puede tener acanaladuras, lomas, muescas o protuberancias, con tal que cualquiera de estas esté construida del mismo o similar material al básico de la propia suela. El grosor máximo de la suela de la zapatilla se establece en la Regla 5.13. 

Nota (i): El espesor de la suela será medido cuando no se lleva puesta la zapatilla, en el centro del antepié del atleta y el centro del talón del atleta, como la distancia entre la parte superior de la cara interior y la parte inferior de la cara exterior que contacta con el suelo, incluyendo los elementos antes citados y también incluyendo cualquier clase o forma de suela amovible u otro artilugio o plantilla. Ver 

Figura (a) abajo. Figura (a) – Medición del espesor de la suela 



El centro del antepié del atleta es el punto central de la zapatilla en el 75% de su longitud interior. El centro del talón del atleta es el punto central de la zapatilla a un 12% de su longitud interior. Ver la Figura (b), abajo. Para una muestra estándar unisex de la talla 42 (EUR), el centro del antepié del atleta será el punto central de la zapatilla a aproximadamente 203 mm de la parte interior trasera de la zapatilla, y el centro del talón del atleta será el punto central de la zapatilla a aproximadamente 32 mm de la parte interior trasera de la zapatilla.

Figura (b) – Localización para la medición del centro del antepié y el talón. 





Nota (iii): Los espesores máximos de la suela mencionados en la Regla 5 están basados en el espesor dela suela de una muestra estándar unisex de la talla 42 (EUR). World Athletics reconoce que una zapatilla por encima de esa talla de la muestra estándar puede tener una suela ligeramente más gruesa que la de la muestra de talla estándar de la misma marca y modelo, y que este ligero incremento es atribuible únicamente a la mayor talla de la zapatilla. Tales ligeros incrementos no se tendrán en cuenta a efectos de confirmar el cumplimiento de este Reglamento. 

Moratoria 

5.13 Hasta nuevo aviso a menos que sea específicamente acordado por World Athletics por escrito, cualquier zapatilla usada en competición: 5.13.1 (excepto cuando aplique la Regla 5.13.2) no debe contener más de una placa o lámina hecha de fibra de carbono u otro material con propiedades similares o que produzca efectos similares, tanto si la placa cubre la longitud total como si solamente cubre una parte de la longitud de la zapatilla; y 5.13.2 puede contener una placa rígida adicional u otro mecanismo solo cuando sea usado solamente para sujetar los clavos a la parte inferior exterior de la zapatilla; y 5.13.3 debe tener una suela con un espesor máximo como se establece en la tabla siguiente. 

Tabla de espesor de la suela de la zapatilla



Nota (i): La placa rígida o la lámina mencionadas en la Regla 5.13.1 pueden estar en más de una parte, pero esas partes deben estar situadas secuencialmente, en un plano, no en paralelo (es decir, no apiladas una sobre la otra), y no deben superponerse. 

Nota (ii): Para ayudar a los atletas de concursos a adaptarse de sus zapatillas actuales que no cumplan las alturas de espesor de suela establecidas en la Tabla de la Regla 5.13.3, la fecha para cumplimiento es el 1 de diciembre de 2020.

Aclaraciones - Cambios a la Regla Técnica 5 (World Athletics, 10 de agosto de 2020) 

1. Los cambios a la Regla Técnica 5 fueron aprobados por el Consejo de la World Athletics el 15 de julio de 2020. Sin embargo, la fecha en la que entró en vigor este cambio fue el 28 de julio de 2020, fecha en la que fue publicado y notificado. 

2. Los atletas no pueden llevar zapatillas (con o sin clavos) que sobrepasen los límites establecidos en la tabla de la Regla Técnica 5.13. La única excepción correspondería a los atletas de concursos tal y como señala la nota (ii) relativa a la “Tabla de espesor de la suela de la zapatilla”: 

“Nota (ii): Para ayudar a los atletas de concursos a adaptarse de sus zapatillas actuales que no cumplan las alturas de espesor de suela establecidas en la Tabla de la Regla 5.13.3, la fecha para cumplimiento es el 1 de diciembre de 2020“. 

3. Si una Federación Miembro o el organizador de una competición permiten que los atletas compitan con zapatillas que no cumplen con los requisitos establecidos, los resultados individuales de los atletas de esta competición se marcarán en los registros y estadísticas de World Athletics como “Sin certificar” (“R.T. 5.5”), es decir, inválido. En algunos casos, esto podría aplicarse a toda la carrera.

4. Los resultados obtenidos antes del 28 de julio en los casos en que un deportista haya llevado una zapatilla que sobrepasase los límites son válidos siempre que los resultados se hayan obtenido con zapatillas que cumplieran con los grosores de suela de la regla anterior. Por ejemplo, si un atleta utilizó en una prueba de pista una zapatilla sin clavos (y grosor de 40 mm) o con clavos (y grosor de 30 mm) entre el 31 de enero de 2020 y la publicación y notificación del cambio de regla el 28 de julio de 2020, el resultado de la competición será válido. 

5. Siempre que la zapatilla de un atleta cumpla con el grosor de suela establecido, se pueden usar zapatillas con clavos y sin clavos para las pruebas enumeradas en la tabla de la Regla 5.13.3. Por ejemplo, no se impide que se utilice una zapatilla de ruta para correr en la pista, siempre y cuando esta zapatilla cumpla con los límites de espesor de la suela establecidos en la tabla. Sin embargo, no se puede utilizar una zapatilla de ruta de 40 mm de espesor en la pista para pruebas de 800 m o más (incluidas las carreras de obstáculos) porque el límite es de 25 mm. 

Se comunicará mediante circular la lista de zapatillas que han sido enviadas a World Athletics por los fabricantes para su evaluación y han sido aprobadas para competir.





domingo, 2 de agosto de 2020

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA FEDERACIÓN DE ATLETISMO DE IB (FAIB)

El pasado 30 de julio se celebró la asamblea general extraordinaria de la Federación de Atletismo de las Illes Balears. En dicha reunión se trató como principal tema el calendario electoral, aprobación de actuaciones previas y documentación electoral, quedando aprobado dicho calendario por lo cual se formó la Junta gestora. El proceso electoral se inicia el 5 de octubre de este año, con la constitución de la junta electoral según fecha acordada en la junta directiva La presentación de candidatura se inicia el 13 de noviembre del 2020. 

La Junta electoral queda compuesta de la siguiente forma:
Alberto Riera Baidez,
Mateo Dominguez Sanchez,
Alfonso Crepí,

Como suplentes:
Pau Verd Llop,
Cristian Torres Molina,
Llucià Mestre Payeras,

Las mesas electorales serán las siguientess:
Mallorca- Polideportivo Príncipes de España
Menorca, Carrer de ses quatre bosques s/n
Eivissa- Carrer Campanit, 26
Formentera- Avenida Portossaler

El horario de votaciones será de 18 a 21 horas

Entre otros temas se acordó el mismo sistema de representación que hay hasta ahora en las Asambleas

El presidente de la FAIB, Biel Gili, nos comunicó que vuelve a presentarse a las EE para el cargo que actualmente ostenta.

También se aprobó el calendario de competiciones durante el presente año. Adaptándose este a la nueva situación, y modificándose el reglamento en aquellas situaciones que se requieran.


domingo, 19 de julio de 2020

REINICIO COMPETICIONES DE ATLETISMO

Ayer sábado 18 de julio se reiniciaron las competiciones de Atletismo en el Polideportivo Príncipes de España, realizado con todo las medidas sanitarias que requieren para este tipo de competiciones. Los atletas fueron acompañados a los lugares de salida en las carreras y en los concursos por un juez. En las instalaciones se adecuaron un lugar para el calentamiento y luego su posterior salida a la pista por parte del juez encargado en cada una de las pruebas. Cabe destacar la buena colaboración de todos los presentes, jueces, atletas, organización y entrenadores, lo que hizo que no hubiese incidencias durante la competición. Esperamos y deseamos que en las próximas jornadas, se pueda realizar con la misma colaboración de todos para que resulte las competiciones sin incidencias. En esta competición se ha utilizado por primera vez la pistola electrónica, siendo el resultado muy favorable, ahora hay que adaptarse a este sistema por parte de los atletas y jueces.










viernes, 10 de julio de 2020

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL COMITÉ DE JUECES DE LAS ISLAS BALEARES


DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL COMITÉ DE JUECES DE LAS ISLAS BALEARES

La crisis sanitaria del Covidi-19 hace necesaria la adopción de una serie de medidas tendentes a cumplir los protocolos marcados por las autoridades sanitarias. El establecimiento y cumplimiento de las citadas medidas requiere de una serie de compromisos y formas de actuación por parte, fundamentalmente, de organizadores y participantes. La lectura y aceptación de las siguientes cláusulas y condiciones es condición indispensable para tomar parte en los campeonatos o competiciones organizadas por Federación de Atletismo de las Islas Baleares (FAIB)

El Juez de la Federación de Atletismo de las Islas Baleares declara y manifiesta:

1. Que es conocedor del protocolo que tiene publicado la FAIB en relación con la presencia y participación en competiciones generado a consecuencia de la crisis sanitaria del Covidien-19.

2. Que se compromete a cumplir las directrices o seguir las recomendaciones que se contengan en tal protocolo, así como las instrucciones que sean dadas por las autoridades deportivas o personal de organización presentes en la competición en relación con las medidas para evitar contagios por Covid-19.

3. Que se compromete a no acudir ni tomar parte en el evento o competición en caso de que sufriera síntomas que pudieran ser compatibles con el contagio del Covidi-19. Esto resultará extensivo, igualmente, a los casos en los que los síntomas fueran sufridos por terceros con las que la persona participante tenga o haya tenido un contacto del que objetivamente pudiera derivarse un contagio.

4. Que, en el caso de tener conocimiento de estar afectado por el virus del Covidi-19, se compromete a no acudir ni tomar parte en el evento o competición mientras las autoridades sanitarias no manifiesten que la participación no conlleva un riesgo, bien para su persona, bien para el resto de los asistentes con los que pudiera tener contacto.

5. Que, con los medios a su alcance, y en todo caso cuando se hayan dado circunstancias que la aconsejen, se ha sometido a las pruebas prescritas para comprobar si está o ha sido contagiado por Covidi-19.

6. Que es conocedor y acepta y asume que, en el actual estado, existe un objetivo riesgo de contagio de Covidi-19 con las consecuencias que de ello se pudieran derivar para su persona en términos de salud.

7. Que acepta que la FAIB adopte las medidas o decisiones que sean precisas en favor de establecer un razonable escenario de seguridad en la competición para dotar a la prueba de un entorno seguro en términos de evitar contagios por Covidi-19.

8. Que, en caso de resultar contagiado por Covidie-19, exonera a la FAIB de cualquier responsabilidad en relación con los posibles daños o perjuicios que pudieran derivarse para su persona.

9. Que el participante acepta que cuando llegaran a adoptar medidas o decisiones por parte de la FAIB con el objetivo de preservar la salud de las personas en el curso de la competición, no se podrán considerar incumplidas las obligaciones esenciales del organizador, por lo que no se podrá exigir el pago de cantidades, indemnizaciones o devolución de precios o importes en concepto de inscripción o derechos de participación o costes en que hubiera incurrido el deportista y / o su club.

10. Que el participante acepta que si se mostrara por su parte una conducta o comportamiento de inobservancia o incumplimiento de las órdenes e instrucciones del personal de organización en relación con las medidas de seguridad evitar contagios por Covid-19, podrá ser excluido del evento por decisión de quien actúe como autoridad deportiva (juez, árbitro, Juez jefe de Pista o la autoridad competente en ese momento).

11. Que el participante acepta que las medidas de carácter deportivo expuestas en el apartado anterior se entienden sin perjuicio de otras responsabilidades que aquel o aquella pudiera llegar a asumir ante las autoridades competentes (incluidos los órganos disciplinarios federativos) consecuencia de una conducta o comportamiento de inobservancia o incumplimiento de las órdenes e instrucciones que sean de aplicación, bien en el ámbito deportivo-federativo, bien en otros ámbitos diferentes.

12. En aras de evitar situaciones de riesgo para aquellas personas sensibles por patologías relacionadas sobre el Covid-19 , se abstendrán de participar temporalmente a las competiciones de la FAIB, igualmente lo harán aquellas personas que sean mayores de 65 años.

13. En caso de dudas al respecto, se estudiará cada caso individualmente, sin perjuicio de que la solución que se tome sea la misma que en el apartado anterior.

14. Para poder participar en cada competición tendréis que acceder al enlace siguiente aportando los datos que se os solicita. Esto lo tenéis que hacer una vez se os haya convocado en cada competición, no antes.

https://www.faib.es/consentiment-competicions/

Luego pulsar donde pone consentimiento (arriba), rellenar los apartados y enviar.

Gracias a todos y todas por vuestra colaboración


jueves, 9 de julio de 2020

CNJ. LO QUE DEBES SABER

Esta tarde, jueves día 9 de julio se realizará la ultima sesión de seminarios que está realizando online el Comité Nacional de Jueces, CNJ. Los próximos seminarios se reanudarán ya en el mes de septiembre/octubre.

Os esperamos a todos y todas.





La actividad se realizará en streaming en el siguiente ENLACE del canal youtube del CNJ.

lunes, 6 de julio de 2020

SISTEMA NUEVO DE SALIDAS

El sábado por la tarde se hizo un encuentro entre el equipo de salidas y el de foto finsh, para probar la nueva pistola electrónica que se ha adquirido por parte de la Federación de Atletismo.

Durante la sesión se probaron las diferentes casuhísticas de sistemas de salidas y sus posibles soluciones en el caso de que haya problemas.

Encuentro satisfactorio ya que todo salió correcto tanto en video finish con el control cero, como con el funcionamiento con la pistola electrónica.

 

 












miércoles, 1 de julio de 2020

“EL EQUIPO DE SALIDAS EN COMPETICIONES INTERNACIONALES”.

Os recordamos que durante la tarde del jueves, mañana 2 de julio, a las 18:30h, podréis seguir una nueva sesión formativa del CNJ en nuestro canal de Youtube.

En esta ocasión el turno será para Jordi Roig y Luis Figueiredo, jueces internacionales de por World Athletics, que nos plantearán una formación relativa a la organización y al funcionamiento del equipo de salidas durante un gran evento internacional.

“EL EQUIPO DE SALIDAS EN COMPETICIONES INTERNACIONALES”.

Os adjuntamos el link de visualización: https://www.youtube.com/watch?v=7LU8fYuBdmo





miércoles, 24 de junio de 2020

7º SEMINARIO ONLINE DEL CNJ

Mañana jueves se celebra el 7º seminario online que realiza en Comité Nacional de Jueces, en esta ocasión se hablará de la medición de circuitos fuera del estadio, el ponente será Simón Iglesias, anterior Presidente del Comité Nacional de Jueces.

Espero que sea de vuestro interés.

Os esperamos.
Un saludo



La actividad se realizará en streaming en el siguiente ENLACE del canal youtube del CNJ.